Orden de 28/2/2007 por la que se regula el proceso de admisión del alumnado en Ciclos Formativos de Formación Profesional de Castilla-La Mancha.
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo), establece en su artículo 85.2 que, en los procedimientos de admisión de alumnos a los Ciclos Formativos de grado medio o de grado superior de formación profesional, cuando no existan plazas suficientes, se atenderá exclusivamente al expediente académico de los alumnos con independencia de que éstos procedan del mismo centro o de otro distinto.Igualmente establece la constitución de comisiones de garantías de admisión que supervisen el procedimiento de admisión de alumnos y el cumplimiento de las normas que lo regulan, proponiendo a la administración educativa las medidas que estime oportunas.
- Fecha de publicación: 16/10/2014
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